En el dinámico mundo empresarial actual, donde la Inspección de Trabajo refuerza su vigilancia sobre la contratación de autónomos, es esencial comprender cómo llevar a cabo contratos legales con Autónomos Económicamente Dependientes (TRADE). En este blog, explicaremos las claves para asegurar la legalidad en tus contrataciones y evitar sanciones.
Normativa vigente y riesgos de falsos autónomos
La figura del TRADE está respaldada por el Real Decreto 197/2009 de 23 de febrero, que desarrolla el Estatuto del Trabajo Autónomo. Es importante destacar que no es legal contratar a un autónomo que factura exclusivamente a una empresa sin tener plena autonomía. Las multas por este tipo de contrataciones pueden oscilar entre 3.126 y 10.000 euros, con posibles recargos por cotizaciones no ingresadas.
Diferencias claves en la contratación
Un autónomo TRADE puede facturar al menos el 75% de sus ingresos de un único cliente, siempre y cuando se cumplan los requisitos legales. Las empresas, en ocasiones, no registran a los autónomos TRADE debido a la falta de información. La clave reside en comprender y cumplir con los requisitos legales.
Requisitos del autónomo económicamente dependiente
- Organizar su actividad con autonomía y libertad, incluso con indicaciones del cliente.
- Contar con recursos y medios propios para desarrollar la actividad.
- Obtener ingresos en función del resultado de la actividad, sin ceñirse a un horario fijo.
- No tener establecimiento abierto al público a su nombre ni empleados a su cargo.
Registro del contrato TRADE
El registro es obligatorio y puede realizarse telemáticamente a través del SEPE. Puede ser efectuado por el autónomo o la empresa cliente. Este proceso debe completarse en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la firma del contrato.
Proceso de registro
A través de la pestaña «Registro de contratos de trabajadores autónomos económicamente dependientes (TAED)», se accede a la plataforma electrónica que requiere autenticación mediante los siguientes métodos:
- Usuario y contraseña proporcionados por la plataforma Cl@ve.
- Certificado digital.
- DNI electrónico.
- Acceso directo por Cl@ve (Identidad Electrónica para las Administraciones Públicas).
El registro puede ser llevado a cabo por el propio trabajador autónomo económicamente dependiente, la empresa cliente o profesionales colegiados que actúen en representación de terceros. Dentro del registro, se especifica la actividad que llevará a cabo el trabajador autónomo económicamente dependiente y las condiciones de la prestación. El sistema guía sobre los pasos a seguir para asegurar que el contrato quede registrado y cumpla con la legalidad correspondiente.
Modelo de contrato
El registro en el SEPE ofrece un modelo de contrato TRADE con las cláusulas requeridas, facilitando el cumplimiento de las formalidades.
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